Desde ayer día 7 de junio y hasta el próximo jueves 13 de julio, se puede solicitar el voto por correo para las próximas elecciones generales del 23 de julio. Los interesados podrán solicitar el certificado de su inscripción en el censo electoral.
Ya es posible solicitar el voto por correo para las elecciones generales que se celebrarán el domingo 23 de julio de 2023. Quienes decidan votar por correo pueden solicitarlo hasta el jueves 13 de julio (inclusive) su participación en estos comicios realizando el voto por correo.
Solicitud de voto por correo telemática
Las personas electoras pueden solicitar su voto a través de la web de Correos, sin tener que acudir en persona a una oficina postal. En este modelo de solicitud, que evita desplazamientos y minimiza el contacto social, el interesado debe acreditar su personalidad mediante firma electrónica, aceptándose como sistemas de identificación válidos los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria y el DNI electrónico (DNI-e).
¿Cómo puedes solicitar online el voto por correo?
Es necesario disponer de un certificado DNI Electrónico (obtener DNI electrónico) o un certificado digital válido.
- Debes completar los datos requeridos.
- Firmar electrónicamente.
- Descargar la solicitud.
La Oficina del Censo Electoral debe aprobar la solicitud para que te remita, a la dirección que has indicado en tu solicitud, la documentación para realizar el voto.
Solicitud de voto en oficinas
La solicitud de voto por correo puede realizarse en todas las oficinas de Correos de España. Esta petición debe ser realizada personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad –acreditada mediante certificación médica oficial- que le impida la formulación personal de dicha petición. En este caso puede ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarialmente o consularmente.
En el momento de formular la solicitud, las personas interesadas deben acreditar su personalidad presentando ante el empleado de la oficina postal el DNI, pasaporte o carné de conducir originales.
Correos entregará las solicitudes recibidas en la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral en Madrid, quien enviará a las personas solicitantes la documentación necesaria para que puedan ejercer el voto por correo.
La persona solicitante tiene de plazo para depositar el sobre con su voto hasta el 19 de julio de 2023, en los horarios habituales de apertura de las oficinas postales.
Consulta del censo electoral
El Instituto Nacional de Estadística (INE) ha abierto ya el plazo de consulta del censo electoral de cara a las próximas elecciones generales convocadas para el próximo 23 de julio.
Forman parte del censo electoral las personas españolas residentes en España (CERE), así como las personas españolas residentes-ausentes que viven en el extranjero (CERA). Por otro lado, también podrán participar las personas de nacionalidad española que se encuentren temporalmente en la demarcación consular y figuren inscritas como no residentes en el Registro de Matrícula Consular (voto ERTA).
Las personas empadronadas en Rivas y con derecho a voto pueden comprobar su inclusión en el censo electoral en el siguiente enlace, introduciendo su número de DNI: https://elecciones.rivasciudad.es/2023/GENERALES/