Rivas presenta un recurso de amparo ante el Constitucional por el impuesto de las hipotecas

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Rivas prosigue su batalla judicial contra el impuesto de las hipotecas y presenta un recurso de amparo ante el Constitucional. El texto presentado por la defensa de la Empresa Municipal de la Vivienda argumenta la vulneración de la tutela judicial efectiva y las garantías procesales, reconocidos como derechos fundamentales. Ademas, el alcalde de Rivas, Pedro del Cura, señala que “los bancos le han torcido el brazo al Supremo” y que si el Constitucional no reconoce esta lesión de derechos fundamentales “acudiremos a Europa”.

La batalla judicial de Rivas Vaciamadrid contra el impuesto de actos jurídicos documentados, el conocido como impuesto de las hipotecas, sigue adelante con la presentación de un ‘recurso de amparo’ ante el Tribunal Constitucional.

La fundamentación jurídica del citado recurso recoge los argumentos ya expuestos en el incidente de nulidad de actuaciones planteado contra las sentencia de 27 de noviembre de 2018 del Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo. Entonces el plenario del Supremo, “sin apenas motivación jurídica –como señaló en aquel momento el alcalde de Rivas, Pedro del Cura- decidió que fuese la gente quien pagase el impuesto de las hipotecas”.

Actualmente, la Empresa Municipal de la Vivienda (EMV) de Rivas vuelve a apelar a la vulneración de derechos fundamentales como la tutela judicial efectiva y las garantías procesales, que implicarían la nulidad de las sentencias del Pleno. La defensa jurídica de Rivas señala que: “las sentencias del Pleno están provocando efectos expropiatorios sobre los intereses de la EMV de Rivas”, dado que las sentencias de noviembre de 2018 están realmente “convalidando la jurisprudencia anterior en nombre de la grave trascendencia económica que habrían provocado las sentencias de octubre de 2018”.

El recurso de Rivas estima si las sentencias de noviembre de 2018 suponen un cambio de valoración puramente arbitrario, carente de fundamentación suficiente y razonable, y, basándose en la interpretación que realiza el Real Decreto-Ley convalidado por el Congreso de los Diputados, sostiene que el cambio de la jurisprudencia en octubre “no fue en modo alguno irreflexivo o repentino” y que la jurisprudencia anterior, mantenida de un modo uniforme, era claramente contraria a la ley, desde un punto de vista de la interpretación histórica (precedentes legislativos), sistemática y sociológica.

El recurso, que desarrolla el criterio de trascendencia constitucional, señala que las consecuencias de la sentencia contra la que se recurre en amparo, que reduce los efectos de dicha sentencia al caso cuya controversia solucionaba, “no despeja las dudas de una multitud de consumidores”, afectados por el fallo del Supremo.

“Queremos que las sentencias que han servido para Rivas sirvan también para el resto de la ciudadanía”, señala Del Cura, que anuncia que si el Constitucional inadmite el recurso de amparo ahora presentado Rivas acudirá, en última instancia, al Tribunal de Estrasburgo. “Sería una vergüenza, una más, que tuviera que venir Estrasburgo a enmendarle la plana a la justicia española porque no son capaces de hacer justicia en este país para la gente y se haga para los poderosos. Espero que no lleguemos a eso pero en Rivas vamos a dar la pelea hasta al final”, ha concluido Del Cura.