Rivas ofrece las 20 plazas del albergue municipal para la acogida transitoria de personas refugiadas de Ucrania

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Albergue municipal (Foto Ayto Rivas)

El Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid ha comunicado su voluntad de participar dentro del sistema de acogida que se desplegará en coordinación con todas las administraciones y con las organizaciones que trabajan en este ámbito como CEAR, Cruz Roja y ACCEM.

El Ayuntamiento de Rivas ya ha comunicado al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y al Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación la puesta a disposición del albergue municipal, con 20 plazas, para la acogida transitoria de personas refugiadas así como la posibilidad de coordinar la acogida con familias que ya han manifestado su voluntad o interés en acoger a personas refugiadas provenientes de Ucrania.

El Ayuntamiento colaborará en el marco del Plan de Recepción y Acogida de las personas refugiadas de Ucrania, que contendrá un programa específico para el acogimiento familiar. El Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid ha comunicado su voluntad de participar dentro del sistema de acogida que se desplegará en coordinación con todas las administraciones y con las organizaciones que trabajan en este ámbito como CEAR, Cruz Roja y ACCEM.

Como ya es conocido, la Unión Europea ha activado la Directiva de Protección Temporal en caso de afluencia masiva de personas desplazadas para:

  • Nacionales ucranianos y sus familiares que salieron de Ucrania a partir del 24 de febrero de 2022.
  • Refugiados y beneficiarios de protección internacional en Ucrania y sus familiares que salieron de Ucrania a partir del 24 de febrero de 2022.
  • Personas extranjeras con residencia permanente en Ucrania que hayan salido de Ucrania a partir del 24 de febrero de 2022, siempre que no puedan volver con seguridad a sus países o región de origen. En estos casos, los estados miembros podrán optar por aplicar la protección temporal u otro tipo de protección regulada en su legislación nacional

Tal y como informa el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, cada estado miembro puede decidir ampliar esta protección temporal a otros grupos de personas. En el caso de España, el Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se amplía la protección temporal otorgada en virtud de la Decisión de Ejecución (UE) 2022/382 del Consejo de 4 de marzo de 2022 a personas afectadas por el conflicto de Ucrania que puedan encontrar refugio en España. El acuerdo amplía el ámbito de aplicación de la Directiva de Protección Temporal, cuya aplicación fue decidida por primera vez en la historia el pasado jueves en el Consejo de Ministros del Interior de la Unión Europea. (CONSULTAR DOCUMENTOS AL FINAL DE ESTE ARTÍCULO)

El Gobierno central tiene que concretar la operativa para acceder a esta protección temporal, que pretenden se otorgue de forma ágil, y se avance en el programa que permitirá, a través de los ayuntamientos, que las familias puedan acoger a personas refugiadas de Ucrania.

En el momento de que dispongamos de información más detallada sobre los cauces y recursos  iremos informando  a través de los medios y redes institucionales y se coordinará con las personas que están solicitando información y mostrando interés en acoger a personas refugiadas. En todo caso, las personas que hayan acogido ya a alguna persona refugiada procedente de Ucrania sin seguir los cauces establecidos por la administración, deben seguir el protocolo establecido por la Comunidad de Madrid.

Información sobre protección temporal

El Consejo de la UE ha aprobado la Decisión por la que entra en aplicación la Directiva 2001/55/CE del Consejo, sobre protección de personas desplazadas y que permitirá automáticamente a los ucranianos desplazados residir, trabajar o estudiar en la Unión Europea un año prorrogable hasta tres años, sin tener que solicitar asilo.

¿Podré trabajar mientras estoy en España? ¿Qué derechos me otorga la protección temporal?

La protección temporal concede un permiso de residencia y trabajo, que será válido durante toda la duración de la protección. Las personas beneficiarias de la protección temporal tienen derecho a lo siguiente:

  •  Trabajar por cuenta propia o ajena,
  •  Acceder las prestaciones previstas en el sistema de acogida.
  •  Atención médica.
  • Los menores de dieciocho años tendrán, asimismo, derecho a acceder a la educación en las mismas condiciones que los nacionales del país de la UE de acogida.

¿Quién puede solicitar Protección Temporal?

  • Nacionales ucranianos en situación de estancia en España antes del 24 de febrero de 2022 que, como consecuencia del conflicto armado, no pueden regresar a Ucrania.
  • Nacionales de terceros países o apátridas que residieran legalmente en Ucrania sobre la base de un permiso de residencia legal válido (sea permanente u otro tipo como estudiantes) expedido de conformidad con el derecho ucraniano y no pueden regresar a su país o región de origen en condiciones seguras.
  • Nacionales de Ucrania que se encontraban en situación irregular en España antes del 24 de febrero de 2022 y que, como consecuencia del conflicto armado, no pueden regresar a Ucrania.
  • Miembros de sus familias (salvo para el tercer supuesto de situación irregular): (I) cónyuge o pareja de hecho; (II) hijos menores solteros o de su cónyuge; (III) otros parientes cercanos que dependieran de ellos.

DOCUMENTOS