La consejería de Educación indica a los docentes que faciliten un programa de actividades a los alumnos

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Una resolucion confirma que todo el personal de los centros educativos debe acudir a los mismos y que el docente debe adoptar «a la mayor brevedad, las medidas necesarias que permitan la adecuación de las programaciones didácticas, de manera que se indiquen las actividades educativas que podrán desarrollar los alumnos en sus domicilios».

Una resolución emitida esta mañana por la Comunidad de Madrid confirma la obligación del personal de todo tipo «que preste servicio en los centros» educativos de acudir a los mismos. En especial, el personal docente, coordinado por el equipo directivo del centro, deberá adoptar «las medidas necesarias que permitan la adecuación de las programaciones
didácticas, de manera que se indiquen las actividades educativas que podrán
desarrollar los alumnos en sus domicilios».

La resolución, firmada por las viceonsejeras de Política Educativa y de Organización
Educativa, añade a este respecto, que «En su caso, y siempre que se considere
pertinente, se deberán indicar también las formas de presentación o de entrega de
las actividades, así como los criterios de calificación de las mismas».

En cuanto al canal de comunicación, la resolución estipula que «El personal docente mantendrá, dentro de lo posible, un contacto periódico con alumnos, padres y tutores legales a través de la plataforma EducaMadrid, página web del centro, plataforma Roble, correo electrónico, así como de cualquier otro medio de comunicación que los centros consideren adecuado».