La Comunidad incluye el voto telemático en los procesos de votación de jornada escolar en cada centro educativo

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La orden que lo regula, publicada en el BOCM el pasado 7 de febrero, estipula el voto presencial, por correo y telemático como los que podrán utilizarse en los procesos de votación sobre tipos de jornada escolar que los centros educativos organicen.

El Gobierno regional publicó, en el Boletín Oficial de la Comunidad e Madrid del pasado 7 de febrero, la orden 121/2024, de la consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se regula el procedimiento a seguir para solicitar el cambio de jornada escolar en los centros públicos que imparten Educación Infantil y Primaria en la Comunidad.

Lo sustancial de la orden, respecto a la vigente hasta el momento en relación con este tema, la 502/2013, es la inclusión del procedimiento telemático en la votación que cada centro organice para decidir sobre esta cuestión.

La nueva Orden, que alega los avances tecnológicos registrados desde 2013 para modificar el procedimiento, estipula que «Para posibilitar el ejercicio del voto por vía telemática, los centros activarán en la plataforma Raíces (…) la consulta relativa al cambio de jornada escolar».

La asociación Plataforma Votación Escolar Justa, que desde hace unos años ha venido abogando por la introducción de cambios en la normativa al respecto, valora la inclusión de este procedimiento telemático como «lo más significativo» de la Orden de la Consejería.

La asociación, que se define como «apolítica» y que fija su objetivo, precisamente, en «actualizar la ORDEN 502/2013, de 25 de febrero, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte», ha considerado siempre que las fórmulas de votación establecidas en los procedimientos para los cambios de jornada escolar no permitían una participación adecuada de las familias en estos procesos, al «facilitar» que no se alcanzase la participación de los dos tercios de votantes, entre otras cosas por no incluir el procedimiento telemático entre los aceptados.