La sentencia no aprecia insubordinación en la actuación del oficial de Policía, aunque sí una «desconsideración» y ruptura del principio jerárquico, por lo que señala una sanción de diez días, cuando la petición de la instrucción del expediente era de más de tres años. El Ayuntamiento ha anunciado que recurrirá la sentencia, mientras que el sindicato de Policía Local CPPM considera la posibilidad de pedir la dimisión o el cese del Jefe de Policía.
La sanción impuesta al oficial de Policía Local de Rivas A.O., de tres años y cuatro meses de suspensión de empleo y sueldo, a causa de un correo electrónico que remitió a la plantilla de trabajadores del Ayuntamiento en marzo de 2020, ha sido reducida a sólo diez días por el juez Carlos Sánchez Sanz, titular del Juzgado Contencioso – Administrativo número 7 de Madrid.
La sentencia, emitida con fecha 16 de septiembre pasado, considera desacertada la tipificación de dos de las tres faltas, una muy grave y dos graves, que el instructor del expediente contra el agente había apreciado en su instrucción.
El expediente imputaba una falta muy grave por insubordinación, una grave por trato desconsiderado y ruptura del principio jerárquico, y otra más de carácter grave por uso indebido de medios municipales, al haber enviado el correo eletrónico usando ordenador y cuenta oficial, siendo el contenido del mismo no relacionado con las funciones del agente.
El juez considera que la falta muy grave no puede caracterizarse como tal dado que para ello debe incumplirse una orden dada por un superior jerárquico, e incluso hacerlo de manera reincidente. Para el magistrado, esto no pudo darse ya que la orden supuestamente incumplida se refería a que los agentes de Policía Local no utilizasen mascarilla en su trato con los vecinos, para no alarmar a la población, y esa orden los propios mandos de Policía Local habían reconocido que no había existido.
En cuanto al uso indebido de los medios municipales, el juez considera que «en modo alguno se están usando medios públicos para fines privados», lo que le lleva a desestimar la tipificación hecha por el instructor del expediente.
Tan sólo aprecia el magistrado como acertada la tipificación expuesta en el expediente sancionador en el caso de las manifestaciones que implican desonsideración y falta de respeto a sus superiores, con la consiguiente «ruptura del principio jerárquico». Se refiere con ello a la parte del correo electrónico en la que Ojer dice que «el gabinete de crisis ‘se ha tomado a cachondeo’ la petición de equipos de protección por parte de la Policía», así como otro pasaje en el que afirma que la mencionada petición «produjo las risas de una concejala».
El Ayuntamiento recurrirá la sentencia y el sindicato CPPM se muestra dispuesto a pedir la dimisión o el cese del Jefe de Policía Local
Preguntado sobre esta sentencia, el Ayuntamiento ha declarado esta misma mañana a RIVAS ACTUAL que «El juez reconoce la gravedad de los hechos, asumiendo que el mando se saltó el orden jerárquico de Policía». Recuerda, asimismo, que «El ayuntamiento trató de llegar a una mediación y arbitraje antes de llegar a juicio, algo que el mando no quiso». Finalmente, anuncia que recurrirá la sentencia.
Por su parte, el sindicato de Policía Local CPPM ha valorado como «satisfactoria» la sentencia y considera que le da la razón al policía y al propio sindicato, que apoyó a aquél desde un principio en la demanda de recurso contra la sanción. Además, está estuciando la posibilidad de pedir la dimisión «o, en su defecto, el cese» del Jefe de Policía Local de Rivas, Leonardo Lafuente, que fue el instructor del expediente sancionador.