El Ayuntamiento presenta una ‘Guía de recursos educativos’ para facilitar información en la escolarización 2020-2021, y al no celebrarse las jornadas de puertas abiertas, los centros educativos ripenses actualizan sus webs con información relevante y algunos incluyen visita virtual.
Como adelantábamos hace unos días, la Comunidad de Madrid anunciaba que el plazo de escolarización para el curso 2020-2021 queda fijado para la quincena del 19 de mayo al 5 de junio y como novedad y ante el estado de alarma, el trámite se realizará vía telemática en la web de Educación de la Comunidad de Madrid, salvo imposibilidad técnica para ello. Además, la solicitud de plaza no afecta a todo el alumnado, solo al que, por ejemplo, desea cambiar de centro educativo o cambia de ciclo pasando de un centro a otro (ver casos más abajo).
Pero este año no podrán celebrarse las tradicionales jornadas de puertas abiertas en las escuelas infantiles, colegios e institutos, donde las familias podían conocer presencialmente las instalaciones y los proyectos educativos y pedagógicos de cada equipamiento antes de optar a su elección. A cambio, los centros de enseñanza han actualizado sus respectivas webs con información relevante y visitas virtuales en algunos casos, y desde la Concejalía de Educación ha publicado, además, una ‘Guía de recursos educativos’ en la web municipal para facilitar información a las familias.
Por su parte, la oficina de información a la escolarización, que lleva atendiendo de forma online y por teléfono desde que cerraron los centros educativos y lo seguirá haciendo hasta que termine el proceso de admisión, ha ampliado el calendario de atención a las familias para resolver dudas. Se pueden hacer consultal a través del correo escolarización@rivasciudad.es. Además, la Comunidad de Madrid también cuenta con el Servicio de Apoyo a la Escolarización (SAE): teléfono 91 499 73 62 y correo sae.cp.hanschristianandersen.rivas@educa.madrid.org
Enlaces de interés:
- Presentación de solicitudes de participación en el proceso ordinario de admisión de alumnado para el curso 2020-2021: del 19 de mayo al 5 de junio de 2020.
- Resolución Admisión alumnado Escuelas Infantiles y Casa de Niños. Curso 2020/2021
- Resolución Admisión alumnado 2º ciclo de infantil, primaria, ESO, bachillerato y educación especial
INFORMACIÓN DETALLADA
¿Quién puede participar en el proceso ordinario de admisión?
En el primer ciclo de educación infantil:
- El alumnado que desee acceder por primera vez a centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid.
- El alumnado que desee cambiar de centro.
En el Segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria y bachillerato:
- El alumnado que desee acceder por primera vez a centros que imparten Educación Infantil (3-6 años) o Educación Primaria o a centros de Educación Especial sostenidos con fondos públicos en el curso 2020/2021.
- El alumnado que desee acceder a centros sostenidos con fondos públicos que impartan Educación Secundaria Obligatoria, y a cualquiera de las modalidades de Bachillerato.
- El alumnado que solicite plaza escolar en las Secciones Lingüísticas en lengua francesa o alemana en Institutos de Educación Secundaria a excepción de los que procedan de colegios públicos con adscripción única y que estén autorizados para impartir el programa de lengua francesa o lengua alemana, respectivamente.
- El alumnado que desee solicitar un centro de Educación Primaria o de Educación Secundaria diferente a aquel que les corresponda por adscripción única.
- El alumnado escolarizado en centros con adscripción múltiple a otros centros educativos y que tengan que cambiar de centro para el curso 2020/2021.
- El alumnado os que deseen cambiar de centro en cualquiera de los niveles y enseñanzas del ámbito de aplicación de la presente Resolución.
¿Quién no tiene que presentar solicitud de admisión para el curso 2020/2021?
- El alumnado que cambie de etapa educativa dentro de un mismo centro o recinto escolar, estando sostenidas ambas etapas por fondos públicos en el curso 2020/2021.
- El alumnado de las Casas de Niños, Escuelas de Educación Infantil, centros sostenidos con fondos públicos en los dos ciclos de Educación Infantil, de los centros de Educación Primaria así como de los CEIPSOs que tengan adscripción única a otro centro y quieran hacer uso de dicha prioridad.
¿Cómo puedo presentar una solicitud ordinaria?
Teniendo en cuenta la situación de excepcionalidad derivada de la COVID-19, las solicitudes de admisión de alumnos para el curso 2020/2021 serán presentadas por vía telemática y será el primer centro incluido en la solicitud quien recupere y analice dicha solicitud. Para la presentación de solicitudes por vía telemática las familias utilizarán la Secretaría Virtual, que será accesible a través de internet, página web de la Comunidad de Madrid: comunidad.madrid/url/admision-educacion. En aquellos casos en los que, por imposibilidad técnica, alguna familia no pueda presentar la solicitud de admisión por vía telemática podrá presentarla en el centro solicitado en primera opción. En caso necesario y para casos concretos, la DAT podrá establecer otros centros o lugares de entrega presencial de las solicitudes de admisión.
La solicitud de admisión (una única solicitud por participante en toda la Comunidad de Madrid) será cumplimentada por ambos padres, madres o representantes legales del alumno, salvo si se acredita la imposibilidad de hacerlo o alguno de ellos no ostenta la patria potestad. En las solicitudes cuyos nombres y apellidos incluyan partículas, deben grabarse tal y como aparezcan en los documentos oficiales: DNI, NIE o Libro de Familia. Para facilitar la participación de las familias en el proceso de admisión y la presentación de solicitudes de admisión por vía telemática se han incrementado las opciones y posibilidades de acceso a la Secretaría Virtual, que podrá realizarse mediante la utilización, por cada uno de los padres, tutores o representantes legales, de alguno de los siguientes procedimientos:
– Mediante la utilización del certificado digital.
– A través del sistema de identificación electrónica cl@ve.
– Acceso sin certificado digital a través de un registro en el sistema informático en el que se recogerán los siguientes campos: DNI, Nombre y apellidos, teléfono móvil, correo electrónico, clave y pregunta de seguridad. El registro se activará mediante un mensaje al teléfono móvil, lo que permitirá acceder con su DNI y clave. Esta opción facilita el acceso para todas las nuevas familias que se incorporan al sistema educativo este año.
– Acceso a través de la validación de credenciales de la aplicación Roble/Raíces. Las familias que ya tienen credenciales de acceso a Roble/Raíces podrán acceder a Secretaria Virtual con dichas credenciales.
La información sobre los distintos procedimientos a seguir y los requisitos aplicables en cada caso se incluirá en la página web de la Comunidad de Madrid siendo conveniente que las familias realicen las gestiones oportunas para disponer de un procedimiento válido para la presentación de solicitudes por vía telemática antes del inicio del período de presentación de solicitudes.
¿Cómo puedo presentar una solicitud para alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo asociadas a necesidades educativas especiales o que presentan necesidades de compensación educativa?
La escolarización del alumnado con NEE se realizará por los respectivos Servicios de Apoyo a la Escolarización a través de la aplicación Raíces, se llevará a cabo de forma personalizada y tendrá en cuenta el perfil de cada alumno o alumna, la prioridad de centros solicitada por la familia, la puntuación obtenida en el proceso de baremación de solicitudes y las plazas disponibles para dicho alumnado en cada centro sostenido con fondos públicos. En el caso de que algún SAE detecte que la solicitud de un alumno con posibles necesidades educativas especiales finalmente deba ser considerada como solicitud ordinaria, deberá reflejarlo antes del 9 de junio en el sistema de gestión Raíces para que pueda participar en el proceso ordinario de adjudicación de vacantes.
En el caso de aquellos alumnos y alumnas solicitantes de plaza escolar que pudieran presentar NEE y no haya sido posible realizar o finalizar su evaluación psicopedagógica antes del proceso de adjudicación de plaza escolar, su escolarización se realizará provisionalmente con carácter general con cargo a las plazas existentes para dicho perfil. La evaluación se realizará o completará cuando las circunstancias lo permitan y, si ello es posible, antes de finalizar el mes de septiembre de 2020.
Para más información pueden dirigirse al SERVICIO DE APOYO A LA ESCOLARIZACIÓN DE RIVAS (SAE) en los siguientes contactos: Tfno.: 91 499 73 62 o correo sae.cp.hanschristianandersen.rivas@educa.madrid.org
¿Qué tengo que tener en cuenta al completar la solicitud?
Además de las consideraciones personales y otras recomendaciones que desde la Concejalía de Educación se han trasmitido como elegir el centro más cercano a su domicilio, visitar las webs de los centros y la Guía de Recursos Educativos y cumplimentar la solicitud con todas las alternativas posibles porque así tendrá más posibilidades de obtener una plaza. Tienen la posibilidad de elegir un centro en primera opción y otras alternativas que podrán incluirse por orden de prioridad de los centros educativos sostenidos con fondos públicos en los que se solicita ser admitido de la Comunidad de Madrid.
No pueden olvidar que tienen que tener en cuenta el baremo de admisión, la puntuación obtenida en cada centro puede variar en función de los criterios complementarios.
¿Cómo puedo conocer las vacantes que oferta cada centro?
Previamente al inicio del proceso de presentación de solicitudes de admisión de alumnos para el curso escolar 2020/2021 todos los centros sostenidos con fondos públicos deberán hacer pública a través de las plataformas informativas de cada centro y de su página web, la información básica sobre el proceso de admisión incluyendo la oferta de vacantes, los criterios aprobados por el centro para la adjudicación del punto complementario y la ubicación del Servicio de Apoyo a la Escolarización que corresponda al centro.
En el caso de la reserva de plazas para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo y necesidades de compensación educativa y sin perjuicio del carácter global de dicha reserva de plaza, las Direcciones de Área Territorial podrán establecer una distribución inicial de dichas plazas que contemple la asignación de hasta un máximo de dos plazas por unidad escolar destinadas específicamente a facilitar la escolarización de alumnado que presenta necesidades educativas especiales asociadas a condiciones personales de discapacidad motora, auditiva o, en su caso, de Aula TGD.
Pueden consultar más información sobre los centros en ESTE ENLACE.
¿Dónde puedo consultar el baremo de admisión y el calendario de actuación de las familias, los centros educativos y el Servicio de Apoyo a la Escolarización?
El baremo de aplicación y el calendario varía en función de los niveles educativos, se recomienda consultar los anexos correspondientes a la resolución específica de cada nivel.