El Ayuntamiento gana a las compañías de seguros su litigio sobre el «plus» por extinción de incendios en los seguros de hogar

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Actuación de bomberos en Rivas (Foto archivo Kike Ayala/RIVAS ACTUAL)

El  Supremo ha fallado a favor de la reclamación del Ayuntamiento y en contra de la compañía Plus Ultra Seguros, según informa el diario El País. Los seguros de hogar incluían en sus cláusulas un cargo por extinción de incendios, cuando ese servicio lo presta el Ayuntamiento mediante el pago de un canon a la Comunidad de Madrid. La sentencia no admite recurso, por lo que cualquier Ayuntamiento que pague por el servicio de bomberos podrá cobrar el coste equivalente a las compañías.

Según informa hoy el diario El País, el Tribunal Supremo ha dictado una sentencia favorable al Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid y en contra de la compañía de seguros Plus Ultra Seguros Generales de Vida S.A. de Seguros y Reaseguros. La sentencia da la razón al Ayuntamiento en su práctica de cobrar a las compañías un 7,5% del importe de las pólizas de hogar extendidas por las éstas a vecinos del municipio.

El pleito, que ha visto su final después de seis años de pelea en los tribunales, venía motivado por la práctica que el Ayuntamiento de Rivas comenzó a realizar, de cobrar a las aseguradoras un 7,5% del importe de las pólizas de seguro de hogar extendidas a vecinos de Rivas, en las cuales figurase, como es habitual en este tipo de seguros, el cobro por el servicio de extinción de incendios, cuando éste es prestado por los ayuntamientos, bien  directamente, bien mediante el pago a la Comunidad de Madrid de un canon por parte de los mismos para que asuma la prestación del servicio.

Detalle de una póliza de seguro del hogar en la que se incluye el servicio de extinción de incendios

En el caso de Rivas, el Ayuntamiento extendía cargos a las compañías aseguradoras por el porcentaje mencionado del 7,5% de las pólizas, amparándose en que ellas estaban cobrando un servicio que el Ayuntamiento ya pagaba a la Comunidad para que se prestase, por lo que los vecinos estaban pagando dos veces por él.

El Supremo ha dado la razón al Ayuntamiento de Rivas tras seis años en los que la mayoría de las compañías no han querido pagar la tasa que la Corporación local les cobraba. Ahora, las aseguradoras deberán abonar esas cantidades, y además deberán hacerlo sin posibilidad de recurrir, ya que la sentencia no admite recurso alguno.