Diez preguntas frecuentes para saber lo que se puede hacer y lo que no con las normas de confinamiento

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Hoy entra en vigor otra modificación de las normas de confinamiento que se puede consultar en el BOE: la mascarilla será obligatoria a partir de 6 años tanto en lugares abiertos como cerrados, siempre que no se pueda garantizar una distancia social de al menos dos metros. Pero son ya tantas las normas a tener en cuenta que son frecuentes los ‘despistes’. Hemos consultado a fuentes autorizadas cuál sería la respuesta de un agente de policía en diez situaciones típicas que pueden ofrecer dudas.

Una fuente policial autorizada ha respondido a nuestras preguntas sobre qué haría un agente en caso de ver a personas en las siguientes situaciones. Éstas son sus respuestas:

  1. He ido al supermercado con mi esposo/a, entrando a la vez los dos en el comercio.

A efectuar compras, tanto de artículos de primera necesidad como cualquier otro producto, deberemos realizarlo en solitario o acompañado de un menor o una persona dependiente, pero dos adultos, aunque podamos salir a pasear en los horarios correspondientes, no podemos dirigirnos a un local comercial a realizar una compra. En este caso, un agente de la autoridad procederá a formular la propuesta de sanción.

  1. He salido de paseo con mi esposo/a y mis dos hijos/as, saliendo de casa a las 10 de la mañana y volviendo a las 12 h.

El paseo por la vía pública acompañando a menores tiene un horario regulado de las 12:00. a las 19:00 h., por tanto no podemos pasear en el horario del ejemplo, que es el restringido a los mayores de 70 años de edad, por tanto el Policía o Guardia nos denunciaría por esta infracción. Tampoco podemos hacerlo dos personas adultas acompañando a los menores de 14 años; lo debe hacer un solo adulto, por lo que esta situación podría ser denunciada.

  1. He salido yo solo/a (35 años) a hacer deporte de 11:00 a 13:00, pero he encontrado un lugar para hacerlo en el que no había nadie más. No me he puesto mascarilla porque me molestaba para el ejercicio.

No se puede hacer deporte en este horario, el agente de la Policía Local o Guardia Civil le podrían denunciar. La franja horaria para la práctica deportiva no profesional es de 06:00 h. a 10:00 h. y de 20:00 h. a 23:00 h. El uso de la mascarilla en espacios públicos es obligatorio cuando no se pueda respetar la distancia social obligatoria de 2 metros, en este ejemplo se podría quitar la mascarilla sin sintiera molestias por la misma.

  1. Hemos salido cuatro amigos/as de unos 40 años cada uno/a a pasear a las 8 h. de la mañana y hemos vuelto cada cual a su casa a las 10:00 h.

Si el paseo se ha realizado respetando la distancia social de 2 metros entre cada uno de los paseantes, es perfectamente adecuada, pero realizando el paseo sin agrupamiento, como máximo en grupos de dos personas. Si el paseo se realiza en pareja con un distanciamiento menor de los 2 metros, ambos deberán llevar la mascarilla de protección. El agrupamiento de 4 personas podría ser constitutivo de una denuncia de los agentes de la autoridad.

  1. Ayer fuimos a visitar a una tía de mi esposo/a que está enferma y vive sola, y fuimos mi esposo/a, yo y nuestro/a hijo/a en el coche, aunque ,eso sí, llevábamos todos mascarilla puesta.

El ir a atender a una persona enferma y dependiente es posible pero sólo por parte de una persona, no pudiendo ir tres a realizar esta visita para atender a esta persona dependiente, por tanto, si el motivo del desplazamiento es éste, el policía podría denunciar esta conducta. El desplazamiento justificado de tres personas en un vehículo es posible siempre y cuando los ocupantes del vehículos vivan en la misma residencia, como es el caso. Si los usuarios del vehículo no conviven en el mismo domicilio,deberán desplazarse con mascarilla.

  1. Ayer salimos a pasear mis 3 hijos/as y yo, de 11:00 a 13:00, todos con mascarilla menos la pequeña, que tiene 5 años y no la llevaba (los otros dos hijos tienen más de 6 años).

El paseo de menores de 14 años tiene un horario de 12:00 h. a las 19:00 h., por tanto esta conducta podría se denunciada por los agentes de la autoridad. Para los menores de 6 años no es obligatorio, en ningún caso, la utilización de la mascarilla de protección. En el paseo de los menores por parte de un adulto, en su horario correspondiente, es necesario la utilización de las mascarillas, dado que los menores pudieran acercase a otros niños y niñas no respetando la distancia obligatoria de 2 metros.

  1. Anoche quedamos cinco amigos/as, todos de 18 años, para charlar en el parque, pero nos mantuvimos alejados más de 2 metros en todo momento y además llevábamos mascarilla puesta todo el tiempo.

El paseo que se realiza desde las 06:00 h. a las 10:00 h. y de las 20:00 h. a las 23:00 h., se debe realizar en solitario o acompañado por una persona, pero nunca más de dos, y mucho menos para reunirnos en un parque para charlar. Si los agentes nos sorprenden en el parque no realizando la actividad del paseo, procedería a denunciarnos a los 5 amigos.

La utilización de la mascarilla en los paseos de una o dos personas es obligatorio cuando preveamos que vamos a realizar el mismo por zonas donde no se puede respetar los 2 metros de distanciamiento. En la Fase 0 actual, no podemos juntarnos en un  parque, dado que los paseos o la práctica deportiva se debe hacer de forma continuada y sin paradas para tener relaciones sociales.

  1. Mañana vamos a quedar en casa de un amigo/a para hacer una reunión, todos con mascarillas puestas.

En la actual Fase 0 no está permitida la reuniones sociales en los domicilios, por lo que nos abstendremos de realizarlas, aunque vayamos provistos por las mascarillas de protección. En este caso el policía o Guardia Civil nos podría proponer para sanción. Será en la Fase 1 cuando se podrán realizar este tipo de reuniones.

  1. Esta mañana he salido yo sólo/a (40 años) con mi bici, a dar una vuelta desde las 8:00 hasta las 10:00 h, pero no he salido del término municipal.

Las salidas para la realización de actividades deportivas en este horario están perfectamente permitidas, observando, como en el ejemplo, que los desplazamientos deportivos se deben circunscribir al término municipal de Rivas Vaciamadrid. No habría sanción en este ejemplo.

  1. Ayer fuimos mi esposo/a y yo en el coche, a comprar. A él/ella la dejé en la puerta del supermercado para que entrase solo/a, con su mascarilla puesta, y yo me fui al estanco a comprar tabaco, también con mascarilla.

Los desplazamientos en vehículos a realizar compras está perfectamente permitido, siempre en las proximidades de nuestro domicilio, evitando largos recorridos para realizar estas compras. La podemos realizar en un mismo vehículo con una persona que convivan en un mismo domicilio, como es el caso y sin mascarilla de protección. El hecho de que cada uno nos dirijamos a comercios distintos, está permitido dado que van hacer las compras de forma individual. Las mascarilla es muy recomendable que la llevemos, dado que en el centro comercial o en el comercio detallista, pudiera producirse la situación de que no se respete la distancia obligatoria de 2 metros, y no te permita la entrada sin este elementos de protección. No habría sanción.