El portavoz del grupo municipal de Ciudadanos Rivas, Bernardo González, asegura haber solicitado el expediente que se está instruyendo, pero considera «desproporcionada» la propuesta conocida de sanción al oficial Arturo Ojer. También reconoce que «el email a toda la plantilla» que motivó la propuesta de sanción, «quizá no fue el medio más adecuado para difundir su mensaje».
De «desproporcionada» ha calificado el portavoz de Ciudadanos Rivas, Bernardo González, la propuesta de sanción que según se pudo conocer recientemente pesa sobre el oficial de la Policía Local Arturo Ojer.
El líder local de Ciudadanos explica en un comunicado que «suspender de empleo y sueldo durante tres años y cuatro meses a este agente, nos parece desproporcionado», si bien reconoce que «el email [que Ojer envió] a toda la plantilla, quizá no fue el medio más adecuado para difundir su mensaje».
González asegura que su grupo municipal solicitó «el expediente hace días para conocer verdaderamente las razones para una sanción tan elevada». A pesar de no haberlo recibido, el portavoz de Ciudadanos entiende que la propuesta de sanción es desproporcionada y argumenta que «cada vez son más» quienes opinan en el mismo sentido.
Tres años y cuatro meses
La sanción de tres años y cuatro meses de suspensión de empleo y sueldo que, según desvelaron los sindicatos municipales la pasada semana, se propone para el oficial, es el resultado de la calificación de una falta muy grave, tres graves y una leve, observadas por la Jefatura de Policía Local en la conducta del agente.
Las Policías Locales se rigen, a efectos de régimen disciplinario, por el Real Decreto 124/2010, de Régimen Disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía. En la parte de calificación de faltas de este decreto aparecen, entre las muy graves, «La insubordinación individual o colectiva, respecto a las Autoridades o mandos de que dependan», así como, entre las faltas graves, la «grave desconsideración con los superiores, compañeros, subordinados o ciudadanos, en el ejercicio de sus funciones o cuando cause descrédito notorio a la Institución Policial».
En cuanto a la escala de sanciones, el decreto establece, entre otras, la de «La suspensión de funciones desde tres meses y un día hasta un máximo de seis años». En cuanto a las faltas graves, una de las posibles sanciones indica «La suspensión de funciones de uno a cuatro días, que no supondrá la pérdida de antigüedad ni implicará la inmovilización en el escalafón».
El decreto también establece una serie de criterios de cara a la graduación en la sanción: la intencionalidad; la reincidencia; el historial profesional, que, a estos efectos, sólo podrá valorarse como circunstancia atenuante; la incidencia sobre la seguridad ciudadana; la perturbación en el normal funcionamiento de la Administración o de los servicios que le estén encomendados; y el grado de afectación a los principios de disciplina, jerarquía y subordinación.