El Pleno municipal de ayer, jueves, aprobó las modificaciones anuales en la Ordenanza Fiscal. Destacan entre ellas la aplicación directa de las bonificaciones fisclaes en los padrones y recibos fiscales, sin notificación individual; la posibilidad de solicitar el reparto de una carga fiscal entre varios tributarios obligados; la tramitación on line y la pre-concesión automática de las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de deudas inferiores a 5.000 euros siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos para ello; o la aplicación automática también en los recibos de la bonificación del IBI por familia numerosa o por vivienda de protección oficial.
El Pleno municipal de ayer, jueves, aprobó inicialmente con todos los votos a favor excepto dos abstenciones, las nuevas ordenanzas fiscales para el próximo ejercicio económico en el Ayuntamiento. La propuesta aprobada inicialmente no supone mayor carga fiscal a la ciudadanía, en la misma línea de lo que ha sucedido en los últimos años.
Las ordenanzas fiscales tienen como misión la adaptación de la normativa tributaria estatal y autonómica a la organización y procedimientos específicos del Ayuntamiento. Se establecen así las tarifas, tipos y bonificaciones que se consideran convenientes, dentro de los límites que establece la Ley. Y en el caso concreto de Rivas, en la propuesta aprobada inicialmente no hay subida de tributos ni tasas municipales para la ciudadanía. Se implementará además una nueva aplicación informática para desarrollar mejor los servicios de administración electrónica, con la puesta en marcha de la Oficina Virtual Tributaria que permitirá impulsar la ‘carpeta ciudadana’ para facilitar, agilizar y acercar los trámites de la administración tributaria a toda la población.
Modificaciones más destacadas
Las modificaciones o variaciones más destacadas en las ordenanzas fiscales aprobadas inicialmente son:
· Por razones de eficiencia administrativa, a partir de su entrada en vigor, las resoluciones sobre bonificaciones fiscales que así vengan establecidas en su ordenanza fiscal correspondiente, no serán notificadas de manera individualizada, sino que se aplicarán directamente en los padrones fiscales y en los recibos correspondientes.
· Cuando exista más de un obligado tributario (comunidades de bienes, matrimonios divorciados, herencias,…) las personas contribuyentes podrían solicitar la división de recibos.
· Igualmente por razones de eficiencia, y con el objetivo central de reducir las cargas administrativas a la ciudadanía y empresas, las solicitudes de fraccionamiento/aplazamiento de deudas inferiores a 5.000 euros, se tramitarán a través de la Sede Electrónica (Oficina Virtual Tributaria) y la nueva App Tributaria; y se entenderán pre-concedidas siempre que se atengan a los criterios y límites dispuestos en la propia ordenanza.
· En cuanto a la ordenanza de ocupación de dominio público tampoco hay variación de las tarifas, salvo en los vados colectivos industriales, que se segregan en función del número de plazas que pueden albergar (flotas comerciales y a partir de diez vehículos se realizará por tramos). Los vados para residentes se mantienen igual.
· En relación a las bonificaciones del IBI por familia numerosa y por viviendas de protección oficial, se aplicarán directamente en los padrones y en los recibos anuales correspondientes.
· Y se establece una tarifa nueva por la elaboración de informes sobre accidentes de tráfico a instancias de personas implicadas o compañías aseguradoras (informes policiales extra sobre un atestado).